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  Causal Decima
  Ajedrez
De los procesos contenciosos en que sea parte un departamento, una intendencia, una comisaría, un municipio, un establecimiento público, una empresa industrial o comercial del Estado o de alguna de las anteriores entidades, o una sociedad de economía mixta, conocerá el juez del domicilio o de la cabecera de la parte demandada. Cuando ésta se halle formada por una de tales entidades y un particular, prevalecerá el fuero de aquélla.
 

Sala de Casación Civil

 

 
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A-116-2001 [10077-01]

Fecha: 03 de julio de 2001
Ponente: Silvio Fernando Trejos Bueno
Proceso: Restitución de Inmueble Arrendado

Juzgados: 3° Civil Municipal de Sincelejo (Sucre)- 13° Civil Municipal de Bogotá- Promiscuo Municipal de San Juan Betulia (Sucre).
Asunto: Conoció de proceso de restitución de inmueble arrendado un primer juzgado por corresponder a la oficina permanente de la sociedad demandada, rechazó el asunto aduciendo que la entidad tenía domicilio en otra municipalidad según lo establecía el contrato de arrendamiento, remitió a un segundo despacho, a su turno señaló que la competencia era privativa del juez del lugar donde se encontraban los bienes, provocado el conflicto, La Sala de Casación Civil, explicó que a ninguno de los juzgados mencionados le correspondía conocer, siendo de aprehensión de un tercer funcionario, lugar de ubicación del inmueble.
A-127-2001 [20010078-01]

Fecha: 17 de julio de 2.001
Ponente: Manuel Isidro Ardila Velásquez
Proceso: Restitución de Inmueble Arrendado

Juzgados: 3° Civil Municipal de Sincelejo (Sucre)- 40° Civil Municipal de Bogotá.
Asunto: En trámite de un proceso de restitución de inmueble arrendado, conoció un primer juez por corresponder a la oficina permanente de la sociedad demandada, rechazó el asunto por encontrarse el domicilio contractual en otra municipalidad, envió el litigio a su homólogo, a su turno, el receptor argumentó que era competencia del lugar donde se encontraban los bienes, por lo cual debía continuar conociendo el remitente funcionario, generado el conflicto La Sala de Casación Civil, confirmó la tesis del último despacho judicial.